Después de una espera que para el interesado debió parecer eterna, este martes, poco después de las 22:00 horas, el TRICEL se pronunció sobre la solicitud de Ricardo Díaz Cortés de reconsiderar su postulación, luego de que tanto el SERVEL como el TER la rechazaran debido a inconsistencias. La candidatura de Díaz había sido rechazada inicialmente por el Servel, y también fue desestimada en una apelación ante el mismo organismo. Posteriormente, se presentó un recurso ante el TER, que igualmente negó la posibilidad de que el profesor de filosofía participara en esta elección. El motivo del rechazo fue que la declaración jurada presentada no estaba firmada por el declarante y no indicaba el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales para ser candidato. La espera se extendió aún más al saberse que hay 503 candidaturas a nivel nacional pendientes de resolución, de cara a las próximas elecciones de octubre.
Este 19 de agosto de 2024, el Tribunal Electoral Regional (TER) de Antofagasta, rechazó la reclamación presentada por los abogados José Toro Kemp y Gabriel Osorio Vargas, que buscaba revertir la decisión del Servicio Electoral (Servel) que había rechazado la candidatura de Ricardo Heriberto Díaz Cortés para el cargo de Gobernador Regional, debido a que la declaración jurada presentada no cumplía con los requisitos legales y constitucionales establecidos, además de no estar firmada adecuadamente por el candidato, conforme a las disposiciones legales correspondientes. Errores El rechazo inicial de la candidatura se debió a que la declaración jurada presentada no cumplía con los requisitos legales y constitucionales exigidos. Además, la declaración no fue firmada de manera adecuada, lo que impidió que el Servel pudiera identificar con certeza la autoría del documento. Esta falta de identificación clara fue agravada por el hecho de que las declaraciones juradas de otros candidatos, suscritas ante el mismo notario durante el mismo ciclo electoral, sí cumplían con todas las formalidades necesarias, incluyendo timbres en anverso y reverso, la fecha de otorgamiento, y el nombre del notario otorgante. El reclamante argumentó un error de hecho en la carga del documento al Sistema de Candidaturas, pero no presentó el documento completo durante su reclamación, lo que perpetuó la omisión. A pesar de haber admitido ante el Tribunal que cometió un error al firmar el reverso de la primera hoja, Ricardo Díaz no reconoció ni presentó la segunda hoja de la declaración, la cual contenía menciones obligatorias sobre los requisitos e inhabilidades para el cargo de Gobernador Regional. Argumentos La defensa de Ricardo Díaz argumentó que, a pesar de la ubicación de la firma, se cumplía con los requisitos legales y solicitaron que se aceptara la reclamación. Sin embargo, el TER determinó que la declaración jurada no cumplía con las formalidades requeridas, lo que llevó al rechazo de la reclamación. Además, el tribunal consideró que el candidato no actuó con la debida diligencia al presentar su candidatura y no demostró haber corregido la omisión en el plazo legal estipulado. Notario Como resultado, el TER no solo rechazó la reclamación, sino que también notificó al Servicio Electoral de su decisión. Asimismo, el tribunal puso en conocimiento de la Corte de Apelaciones de Antofagasta los antecedentes sobre la actuación del notario Julio Abasolo Aravena, para que se evalúen posibles sanciones disciplinarias. Lo que queda Presentar una apelación en el Tribunal Calificador de Elecciones, Tricel en Santiago.
El Servicio Electoral, Servel desestimó, este sábado 17 de agosto, la reclamación presentada por Ricardo Díaz Cortés, quien buscaba revertir el rechazo de su candidatura a la reelección como Gobernador Regional de Antofagasta. La decisión inicial del Servel, que fue ratificada tras la revisión de la impugnación, se fundamenta en la falta de cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales en la declaración jurada presentada por Díaz. El Servel explicó que la declaración jurada acompañada a la inscripción de la candidatura de Díaz no señalaba el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Constitución y la ley para ser candidato, ni acreditaba que el aspirante no estuviera afecto a inhabilidades establecidas en los artículos 23 bis, 23 ter, y 84 de la Ley N° 19.175, y el artículo 3 de la Ley N° 18.700. Además, se destacó que la declaración jurada no está suscrita por el declarante, lo que infringe el Artículo 84 de la Ley N° 19.175, el Artículo 3 de la Ley N° 18.700, y los artículos 408 y 425 inciso 1 del Código Orgánico de Tribunales. El problema radica en que la declaración jurada de Díaz constaba de dos páginas, y aunque el candidato firmó en el reverso de la primera, omitió hacerlo en la segunda hoja, donde debía plasmarse la firma tanto del candidato como del notario. Este error fue determinante para que el Servel ratificara la invalidación de su candidatura, lo que deja a Díaz fuera de la contienda electoral para los comicios de octubre. Según el Servicio Electoral, en la inscripción de Diaz se utilizó otro modelo tipo de declaración jurada notarial a la propuesta por el Servel: Lo que le quedaría ahora al actual gobernador es apelar al Tribunal Electoral Regional, instancia que se ve cuesta arriba pues el error es insalvable y no debería ser acogida, ya que marcaría un mal precedente, según lo señalado por Francisco Narváez, académico de la Facultad de Derecho de la Usach al Mercurio de Antofagasta. Al cierre de esta nota, Ricardo Diaz Cortés aun no daba a conocer su parecer al respecto del informe del Servel.
El Servicio Electoral (Servel) rechazó la postulación de Ricardo Díaz Cortés para la reelección como gobernador en los comicios de octubre. Según el organismo, la declaración jurada que acompañó su inscripción no cumplía con los requisitos constitucionales y legales necesarios para ser candidato, ni con la exención de inhabilidades estipuladas en los artículos 23 bis, 23 ter, y 84 de la Ley 19.175, así como en el Art. 3 de la Ley 18.700. Además, el documento no contaba con la firma del declarante. Sin embargo, el organismo señaló que se podrán presentar reclamaciones e impugnaciones ante los Tribunales Electorales Regionales correspondientes entre el 11 y el 15 de agosto. El rechazo de la candidatura se debe, según el anexo publicado por el SERVEL, a irregularidades en la declaración jurada presentada por Díaz Cortés. En particular, se señala que el documento no cumplía con los requisitos constitucionales y legales necesarios para validar la postulación, además de no estar debidamente suscrito por el propio candidato, lo cual es una infracción a las normativas establecidas en la Ley N°19.175 sobre Gobierno y Administración Regional y la Ley N°18.700 sobre votaciones populares y escrutinios. Situación compleja Díaz Cortés, quien lidera la región desde 2021, se perfila como uno de los favoritos para las próximas elecciones, basando su campaña en la continuidad de proyectos clave en la región, así como en la consolidación de políticas públicas enfocadas en el desarrollo sustentable y la inclusión social. Sin embargo, este rechazo pone en jaque sus aspiraciones políticas y abre la puerta a nuevos contendores en la carrera por la Gobernación. En declaraciones previas, Díaz Cortés había manifestado su intención de profundizar en los avances logrados durante su mandato, incluyendo la mejora en la infraestructura regional, el fortalecimiento de la educación pública y la promoción de energías renovables en la zona. Su administración también se ha destacado por su enfoque en la participación ciudadana y la transparencia, pilares que ahora se ven cuestionados por la controversia en torno a su fallida repostulación. El futuro de la gobernación de Antofagasta queda ahora en un limbo, a la espera de nuevos movimientos por parte de las fuerzas políticas regionales y nacionales. Mientras tanto, los ciudadanos se mantienen atentos al desenlace de esta situación, que sin duda marcará el rumbo de las próximas elecciones en la región.
Después de una espera que para el interesado debió parecer eterna, este martes, poco después de las 22:00 horas, el TRICEL se pronunció sobre la solicitud de Ricardo Díaz Cortés de reconsiderar su postulación, luego de que tanto el SERVEL como el TER la rechazaran debido a inconsistencias. La candidatura de Díaz había sido rechazada inicialmente por el Servel, y también fue desestimada en una apelación ante el mismo organismo. Posteriormente, se presentó un recurso ante el TER, que igualmente negó la posibilidad de que el profesor de filosofía participara en esta elección. El motivo del rechazo fue que la declaración jurada presentada no estaba firmada por el declarante y no indicaba el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales para ser candidato. La espera se extendió aún más al saberse que hay 503 candidaturas a nivel nacional pendientes de resolución, de cara a las próximas elecciones de octubre.
Este 19 de agosto de 2024, el Tribunal Electoral Regional (TER) de Antofagasta, rechazó la reclamación presentada por los abogados José Toro Kemp y Gabriel Osorio Vargas, que buscaba revertir la decisión del Servicio Electoral (Servel) que había rechazado la candidatura de Ricardo Heriberto Díaz Cortés para el cargo de Gobernador Regional, debido a que la declaración jurada presentada no cumplía con los requisitos legales y constitucionales establecidos, además de no estar firmada adecuadamente por el candidato, conforme a las disposiciones legales correspondientes. Errores El rechazo inicial de la candidatura se debió a que la declaración jurada presentada no cumplía con los requisitos legales y constitucionales exigidos. Además, la declaración no fue firmada de manera adecuada, lo que impidió que el Servel pudiera identificar con certeza la autoría del documento. Esta falta de identificación clara fue agravada por el hecho de que las declaraciones juradas de otros candidatos, suscritas ante el mismo notario durante el mismo ciclo electoral, sí cumplían con todas las formalidades necesarias, incluyendo timbres en anverso y reverso, la fecha de otorgamiento, y el nombre del notario otorgante. El reclamante argumentó un error de hecho en la carga del documento al Sistema de Candidaturas, pero no presentó el documento completo durante su reclamación, lo que perpetuó la omisión. A pesar de haber admitido ante el Tribunal que cometió un error al firmar el reverso de la primera hoja, Ricardo Díaz no reconoció ni presentó la segunda hoja de la declaración, la cual contenía menciones obligatorias sobre los requisitos e inhabilidades para el cargo de Gobernador Regional. Argumentos La defensa de Ricardo Díaz argumentó que, a pesar de la ubicación de la firma, se cumplía con los requisitos legales y solicitaron que se aceptara la reclamación. Sin embargo, el TER determinó que la declaración jurada no cumplía con las formalidades requeridas, lo que llevó al rechazo de la reclamación. Además, el tribunal consideró que el candidato no actuó con la debida diligencia al presentar su candidatura y no demostró haber corregido la omisión en el plazo legal estipulado. Notario Como resultado, el TER no solo rechazó la reclamación, sino que también notificó al Servicio Electoral de su decisión. Asimismo, el tribunal puso en conocimiento de la Corte de Apelaciones de Antofagasta los antecedentes sobre la actuación del notario Julio Abasolo Aravena, para que se evalúen posibles sanciones disciplinarias. Lo que queda Presentar una apelación en el Tribunal Calificador de Elecciones, Tricel en Santiago.
El Servicio Electoral, Servel desestimó, este sábado 17 de agosto, la reclamación presentada por Ricardo Díaz Cortés, quien buscaba revertir el rechazo de su candidatura a la reelección como Gobernador Regional de Antofagasta. La decisión inicial del Servel, que fue ratificada tras la revisión de la impugnación, se fundamenta en la falta de cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales en la declaración jurada presentada por Díaz. El Servel explicó que la declaración jurada acompañada a la inscripción de la candidatura de Díaz no señalaba el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Constitución y la ley para ser candidato, ni acreditaba que el aspirante no estuviera afecto a inhabilidades establecidas en los artículos 23 bis, 23 ter, y 84 de la Ley N° 19.175, y el artículo 3 de la Ley N° 18.700. Además, se destacó que la declaración jurada no está suscrita por el declarante, lo que infringe el Artículo 84 de la Ley N° 19.175, el Artículo 3 de la Ley N° 18.700, y los artículos 408 y 425 inciso 1 del Código Orgánico de Tribunales. El problema radica en que la declaración jurada de Díaz constaba de dos páginas, y aunque el candidato firmó en el reverso de la primera, omitió hacerlo en la segunda hoja, donde debía plasmarse la firma tanto del candidato como del notario. Este error fue determinante para que el Servel ratificara la invalidación de su candidatura, lo que deja a Díaz fuera de la contienda electoral para los comicios de octubre. Según el Servicio Electoral, en la inscripción de Diaz se utilizó otro modelo tipo de declaración jurada notarial a la propuesta por el Servel: Lo que le quedaría ahora al actual gobernador es apelar al Tribunal Electoral Regional, instancia que se ve cuesta arriba pues el error es insalvable y no debería ser acogida, ya que marcaría un mal precedente, según lo señalado por Francisco Narváez, académico de la Facultad de Derecho de la Usach al Mercurio de Antofagasta. Al cierre de esta nota, Ricardo Diaz Cortés aun no daba a conocer su parecer al respecto del informe del Servel.
El Servicio Electoral (Servel) rechazó la postulación de Ricardo Díaz Cortés para la reelección como gobernador en los comicios de octubre. Según el organismo, la declaración jurada que acompañó su inscripción no cumplía con los requisitos constitucionales y legales necesarios para ser candidato, ni con la exención de inhabilidades estipuladas en los artículos 23 bis, 23 ter, y 84 de la Ley 19.175, así como en el Art. 3 de la Ley 18.700. Además, el documento no contaba con la firma del declarante. Sin embargo, el organismo señaló que se podrán presentar reclamaciones e impugnaciones ante los Tribunales Electorales Regionales correspondientes entre el 11 y el 15 de agosto. El rechazo de la candidatura se debe, según el anexo publicado por el SERVEL, a irregularidades en la declaración jurada presentada por Díaz Cortés. En particular, se señala que el documento no cumplía con los requisitos constitucionales y legales necesarios para validar la postulación, además de no estar debidamente suscrito por el propio candidato, lo cual es una infracción a las normativas establecidas en la Ley N°19.175 sobre Gobierno y Administración Regional y la Ley N°18.700 sobre votaciones populares y escrutinios. Situación compleja Díaz Cortés, quien lidera la región desde 2021, se perfila como uno de los favoritos para las próximas elecciones, basando su campaña en la continuidad de proyectos clave en la región, así como en la consolidación de políticas públicas enfocadas en el desarrollo sustentable y la inclusión social. Sin embargo, este rechazo pone en jaque sus aspiraciones políticas y abre la puerta a nuevos contendores en la carrera por la Gobernación. En declaraciones previas, Díaz Cortés había manifestado su intención de profundizar en los avances logrados durante su mandato, incluyendo la mejora en la infraestructura regional, el fortalecimiento de la educación pública y la promoción de energías renovables en la zona. Su administración también se ha destacado por su enfoque en la participación ciudadana y la transparencia, pilares que ahora se ven cuestionados por la controversia en torno a su fallida repostulación. El futuro de la gobernación de Antofagasta queda ahora en un limbo, a la espera de nuevos movimientos por parte de las fuerzas políticas regionales y nacionales. Mientras tanto, los ciudadanos se mantienen atentos al desenlace de esta situación, que sin duda marcará el rumbo de las próximas elecciones en la región.