Este miércoles, el Juzgado de Garantía de Talca decretó prisión preventiva para el diputado independiente Francisco Pulgar, quien es investigado por la fiscalía por presuntos delitos de abuso sexual y violación reiterados contra una menor de edad en el año 2014. Cabe recordar que la investigación del caso inició en 2021, cuando la denunciante dijo que el experito comenzó a frecuentar su hogar en 2013, debido a un parentesco con su familia, y que la supuesta agresión sexual habría ocurrido por primera vez cuando tenía 13 años y se repitió en al menos 10 oportunidades, mientras ella cursaba Educación Media. Desde que surgió la acusación en el marco de su candidatura anterior, cuando pasó a segunda vuelta en la elección de gobernador regional del Maule, el otrora representante del PDG afirma que el caso tiene motivaciones políticas y que no existen pruebas que lo incriminen. No obstante lo anterior, la Corte de Apelaciones de Talca desaforó -por petición del Ministerio Público- en octubre pasado al entonces diputado. Existen antecedentes suficientes para hacer lugar a la formación de causa en contra del parlamentario, explicó el tribunal de alzada en aquella oportunidad. Ni bien finalizó la audiencia, el fiscal jefe de Talca, Héctor De La Fuente, señaló que el tribunal ha dado por establecido dos hechos de suyo graves por la connotación y circunstancias: un delito de violación simple y un segundo hecho de violación reiterada una víctima menor varias veces. Con esos antecedentes, agregó De La Fuente,el tribunal pondero y descartaron una serie elementos, entre los cuales hay destacarla eventual manipulación política. Tribunal : decretan medida cautelar prisión preventiva respecto imputado peligro seguridad sociedad víctima. Tribunal resolvió audiencia contra diputado desaforado Francisco Pulgar sea reservada tras antecedentes expuestos resguardo víctima por delito violación abuso sexual reiterado.
Durante la jornada del pasado martes, la Corte de Apelaciones de Antofagasta desestimó el recurso de apelación interpuesto por la defensa de la imputada Millaray Camila Irma Torres Morales que pedían quitar la prisión preventiva. Para detallar, en horas de la madrugada del 9 de febrero del 2025, la mujer conducía en estado de ebriedad y sin licencia de conducir, cuando al llegar a la intersección de Avenida Grecia con Avelino Contardo, perdió el control del vehículo traspasando el eje de la calzada, impactando de frente a otro vehículo que circulaba en sentido contrario, causándoles la muerte a sus dos ocupantes. Las tres acompañantes de la imputada resultaron con lesiones graves. Asimismo, la Primera Sala del tribunal de alzada confirmó la resolución impugnada, dictada por el Juzgado de Garantía de Antofagasta, al compartir que la libertad de la mujer constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Dado lo anterior, el fallo consigna lo siguiente: Atendido el mérito de los antecedentes y compartiendo los argumentos del juez a quo, en orden a encontrarse acreditado en forma suficiente, según el estándar probatorio que exige una medida cautelar. Los presupuestos establecidos por el Código Procesal Penal se cumplen debido al hecho punible expresado por las primeras atenciones médicas realizadas a Torres Morales. Además se menciona su sintomatología clínica como grado clínico 2 y su negativa a realizar pruebas respiratorias para medir alcohol. Respecto a la necesidad de cautela, la medida cautelar decretada se encuentra justificada en cuanto, los bienes jurídicos protegidos, a, la conducción sin licencia por parte, de puesta, y a gravedad d e l a p eña s a i tod .
A través de una investigación realizada por la Fiscalía Local de Calama en conjunto con la Brigada Investigadora de Robos de la Policía de Investigaciones de Chile, se logró establecer una asociación delictiva que cometía ilícitos de Tráfico de Migrantes. Ante esto, siete sujetos de nacionalidad boliviana ejecutaban delitos de Tráfico de Migrantes desde abril de 2024, con el fin de lucrar y facilitar la entrada ilegal al país desde el paso de la frontera de Chile con Bolivia, por un sector cercano a hito cajón en la comuna de San Pedro de Atacama. Asimismo, los individuos coordinaban con sujetos de Bolivia que se encargaban de trasladar a las víctimas en vehículos hasta la frontera con Chile y posteriormente traspasarlos ilegalmente por pasos no habilitados, donde otra persona de la organización esperaba la llegada y los transportaba hasta las ciudades de San Pedro de Atacama o Calama. Dado lo anterior, las víctimas debían pagar montos que oscilaban entre $80.000 y $150.000 pesos por traslado, sin realizar el control migratorio correspondiente. Finalmente, los imputados fueron formalizados por Ilícitos Asociación Delictiva y Tráfico De Migrantes (reiterado), donde el Juzgado De Garantía De Calama decreto La Medida Cautelar De Prisión Preventiva Por Peligro Para La Seguridad De La Sociedad fijando un plazo De Investigación De 150 Días.
La tarde de este lunes, la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel revocó la medida de prisión preventiva de Jorge Valdivia, tras acoger la solicitud de recurso de amparo presentado por la defensa del exfutbolista sobre el cambio de cautelar a un menos gravosa. Cabe recordar que el otrora seleccionado nacional se encuentra recluido en la Cárcel de Rancagua desde el pasado 28 de noviembre, por orden de la Corte de Apelaciones de Santiago. En este caso, la Fiscalía Metropolitana Oriente investiga dos delitos de violación, uno de abuso sexual agravado y otro de abuso sexual. En ese contexto, la Justicia ordenó que el exvolante haga abandono inmediato del recinto penitenciario, durante el transcurso de la tarde ni bien se materialice el trámite de egreso del penal. Se deja sin efecto la resolución dictada en la audiencia del veintiocho noviembre dos mil veinticuatro por la Corte De Apelaciones De San Miguel, por lo cual se impuso medida cautelar personal prisión preventiva contra imputado, decreta respecto amparado medida cautelar arresto domiciliario nocturno arraigo nacional prohibición acercarse comunicarse con víctimas, señala la resolución. Dese orden inmediata libertad si no hubiere permanecer privado ella por otro motivo, complementa el dictamen.
Durante la jornada de este viernes, la Undécima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, confirmó la medida de prisión preventiva para Luis Hermosilla, tras revisar el recurso presentado por la defensa del abogado, que buscaba revertir la cautelar supliéndola por una menos gravosa. No existen nuevos antecedentes que hagan variar las circunstancias tomadas en consideración al momento de decretar la medida cautelar cuya modificación se solicita, motivo por el cual se confirmará la decisión apelada, indicó la resolución. Así, el jurista continuará en el Anexo Penitenciario Capitán Yáber -donde está recluido desde el pasado 27 de agosto de 2024- mientras avanza la investigación, en donde se le imputan delitos tributarios, soborno y lavado de activos en el marco del Caso Audios. Nosotros no compartimos, respetamos, pero obviamente no compartimos la decisión de la Corte, pero en esto consiste el trabajo de la defensa. Vamos a seguir insistiendo en nuestras posiciones, sostuvo al respecto Juan Pablo Hermosilla, abogado defensor y hermano del imputado. Con todo, el exasesor del Ministerio Público volverá a comparecer ante la justicia el lunes 6 de enero, cuando se realice una audiencia de cautela de garantías que solicitó su defensa, que acusa presuntas vulneraciones a derechos de su cliente. En tanto, el 13 de enero será reformalizado por nuevos antecedentes recabados por el Ministerio Público.
Este miércoles, el Juzgado de Garantía de Talca decretó prisión preventiva para el diputado independiente Francisco Pulgar, quien es investigado por la fiscalía por presuntos delitos de abuso sexual y violación reiterados contra una menor de edad en el año 2014. Cabe recordar que la investigación del caso inició en 2021, cuando la denunciante dijo que el experito comenzó a frecuentar su hogar en 2013, debido a un parentesco con su familia, y que la supuesta agresión sexual habría ocurrido por primera vez cuando tenía 13 años y se repitió en al menos 10 oportunidades, mientras ella cursaba Educación Media. Desde que surgió la acusación en el marco de su candidatura anterior, cuando pasó a segunda vuelta en la elección de gobernador regional del Maule, el otrora representante del PDG afirma que el caso tiene motivaciones políticas y que no existen pruebas que lo incriminen. No obstante lo anterior, la Corte de Apelaciones de Talca desaforó -por petición del Ministerio Público- en octubre pasado al entonces diputado. Existen antecedentes suficientes para hacer lugar a la formación de causa en contra del parlamentario, explicó el tribunal de alzada en aquella oportunidad. Ni bien finalizó la audiencia, el fiscal jefe de Talca, Héctor De La Fuente, señaló que el tribunal ha dado por establecido dos hechos de suyo graves por la connotación y circunstancias: un delito de violación simple y un segundo hecho de violación reiterada una víctima menor varias veces. Con esos antecedentes, agregó De La Fuente,el tribunal pondero y descartaron una serie elementos, entre los cuales hay destacarla eventual manipulación política. Tribunal : decretan medida cautelar prisión preventiva respecto imputado peligro seguridad sociedad víctima. Tribunal resolvió audiencia contra diputado desaforado Francisco Pulgar sea reservada tras antecedentes expuestos resguardo víctima por delito violación abuso sexual reiterado.
Durante la jornada del pasado martes, la Corte de Apelaciones de Antofagasta desestimó el recurso de apelación interpuesto por la defensa de la imputada Millaray Camila Irma Torres Morales que pedían quitar la prisión preventiva. Para detallar, en horas de la madrugada del 9 de febrero del 2025, la mujer conducía en estado de ebriedad y sin licencia de conducir, cuando al llegar a la intersección de Avenida Grecia con Avelino Contardo, perdió el control del vehículo traspasando el eje de la calzada, impactando de frente a otro vehículo que circulaba en sentido contrario, causándoles la muerte a sus dos ocupantes. Las tres acompañantes de la imputada resultaron con lesiones graves. Asimismo, la Primera Sala del tribunal de alzada confirmó la resolución impugnada, dictada por el Juzgado de Garantía de Antofagasta, al compartir que la libertad de la mujer constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Dado lo anterior, el fallo consigna lo siguiente: Atendido el mérito de los antecedentes y compartiendo los argumentos del juez a quo, en orden a encontrarse acreditado en forma suficiente, según el estándar probatorio que exige una medida cautelar. Los presupuestos establecidos por el Código Procesal Penal se cumplen debido al hecho punible expresado por las primeras atenciones médicas realizadas a Torres Morales. Además se menciona su sintomatología clínica como grado clínico 2 y su negativa a realizar pruebas respiratorias para medir alcohol. Respecto a la necesidad de cautela, la medida cautelar decretada se encuentra justificada en cuanto, los bienes jurídicos protegidos, a, la conducción sin licencia por parte, de puesta, y a gravedad d e l a p eña s a i tod .
A través de una investigación realizada por la Fiscalía Local de Calama en conjunto con la Brigada Investigadora de Robos de la Policía de Investigaciones de Chile, se logró establecer una asociación delictiva que cometía ilícitos de Tráfico de Migrantes. Ante esto, siete sujetos de nacionalidad boliviana ejecutaban delitos de Tráfico de Migrantes desde abril de 2024, con el fin de lucrar y facilitar la entrada ilegal al país desde el paso de la frontera de Chile con Bolivia, por un sector cercano a hito cajón en la comuna de San Pedro de Atacama. Asimismo, los individuos coordinaban con sujetos de Bolivia que se encargaban de trasladar a las víctimas en vehículos hasta la frontera con Chile y posteriormente traspasarlos ilegalmente por pasos no habilitados, donde otra persona de la organización esperaba la llegada y los transportaba hasta las ciudades de San Pedro de Atacama o Calama. Dado lo anterior, las víctimas debían pagar montos que oscilaban entre $80.000 y $150.000 pesos por traslado, sin realizar el control migratorio correspondiente. Finalmente, los imputados fueron formalizados por Ilícitos Asociación Delictiva y Tráfico De Migrantes (reiterado), donde el Juzgado De Garantía De Calama decreto La Medida Cautelar De Prisión Preventiva Por Peligro Para La Seguridad De La Sociedad fijando un plazo De Investigación De 150 Días.
La tarde de este lunes, la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel revocó la medida de prisión preventiva de Jorge Valdivia, tras acoger la solicitud de recurso de amparo presentado por la defensa del exfutbolista sobre el cambio de cautelar a un menos gravosa. Cabe recordar que el otrora seleccionado nacional se encuentra recluido en la Cárcel de Rancagua desde el pasado 28 de noviembre, por orden de la Corte de Apelaciones de Santiago. En este caso, la Fiscalía Metropolitana Oriente investiga dos delitos de violación, uno de abuso sexual agravado y otro de abuso sexual. En ese contexto, la Justicia ordenó que el exvolante haga abandono inmediato del recinto penitenciario, durante el transcurso de la tarde ni bien se materialice el trámite de egreso del penal. Se deja sin efecto la resolución dictada en la audiencia del veintiocho noviembre dos mil veinticuatro por la Corte De Apelaciones De San Miguel, por lo cual se impuso medida cautelar personal prisión preventiva contra imputado, decreta respecto amparado medida cautelar arresto domiciliario nocturno arraigo nacional prohibición acercarse comunicarse con víctimas, señala la resolución. Dese orden inmediata libertad si no hubiere permanecer privado ella por otro motivo, complementa el dictamen.
Durante la jornada de este viernes, la Undécima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, confirmó la medida de prisión preventiva para Luis Hermosilla, tras revisar el recurso presentado por la defensa del abogado, que buscaba revertir la cautelar supliéndola por una menos gravosa. No existen nuevos antecedentes que hagan variar las circunstancias tomadas en consideración al momento de decretar la medida cautelar cuya modificación se solicita, motivo por el cual se confirmará la decisión apelada, indicó la resolución. Así, el jurista continuará en el Anexo Penitenciario Capitán Yáber -donde está recluido desde el pasado 27 de agosto de 2024- mientras avanza la investigación, en donde se le imputan delitos tributarios, soborno y lavado de activos en el marco del Caso Audios. Nosotros no compartimos, respetamos, pero obviamente no compartimos la decisión de la Corte, pero en esto consiste el trabajo de la defensa. Vamos a seguir insistiendo en nuestras posiciones, sostuvo al respecto Juan Pablo Hermosilla, abogado defensor y hermano del imputado. Con todo, el exasesor del Ministerio Público volverá a comparecer ante la justicia el lunes 6 de enero, cuando se realice una audiencia de cautela de garantías que solicitó su defensa, que acusa presuntas vulneraciones a derechos de su cliente. En tanto, el 13 de enero será reformalizado por nuevos antecedentes recabados por el Ministerio Público.