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La Superintendencia de Salud inició esta semana el proceso detallado para que las isapres realicen las devoluciones correspondientes en cumplimiento con la orden de la Corte Suprema, la cual establece la reducción de los valores en las primas GES. Esta medida se lleva a cabo a través de fallos que especifican que cada aseguradora "deberá reliquidar las diferencias de cotizaciones que se hubieren producido, generando la devolución respectiva, si procediere, desde que la sentencia de la Excma. Corte Suprema quedó firme y ejecutoriada", según cita el Diario Financiero.
Considerando que la declaración del tribunal tuvo lugar en agosto del 2023 y las empresas aplicaron el fallo en diciembre, los meses sujetos a devolución serán septiembre, octubre y noviembre. Además, los montos deberán ajustarse según la variación del IPC durante ese período.
De acuerdo con una circular emitida el 27 de diciembre, se estipula que las isapres deben reconocer las obligaciones por el total de beneficiarios (tanto cotizantes como cargas), que hayan presentado reclamos ante la Superintendencia de Salud. En total, el organismo recibió cerca de 150 mil quejas al respecto.
Por último, se ordena que los montos generados para el pago de excedentes "se reconocerán en una cuenta corriente individual que las isapres deben mantener para tal efecto". En casos donde los afiliados no posean cuentas corrientes, la misma aseguradora tendrá que abrir una nueva cuenta a fin de tener un registro y control adecuado sobre las devoluciones.
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