Codelco sancionada por prácticas antisindicales en Calama
El Juzgado Laboral de Calama impone multa a Codelco y ordena medidas de reparación por actos ilegales contra dirigentes sindicales de Chuquicamata.
El Juzgado de Letras del Trabajo de Calama emitió una sentencia favorable para un dirigente sindical de la División Chuquicamata de Codelco, tras acoger la denuncia presentada por prácticas antisindicales y vulneración de derechos fundamentales. El fallo, correspondiente a la causa rol 8-2023, determinó que la empresa incurrió en actos de vigilancia y seguimiento ilegales contra el dirigente Miguel Veliz Fernández, afectando su privacidad y derechos laborales.
Ante esto, la Corte ordenó a la Corporación Nacional del Cobre de Chile (Codelco) el pago de una multa de 300 UTM (aproximadamente $20 millones de pesos) y el cese inmediato de toda práctica de monitoreo o seguimiento a los dirigentes sindicales, especialmente al denunciante. Además, el tribunal exigió a la empresa emitir una disculpa pública a través de tres publicaciones en un diario de circulación comunal, en un plazo máximo de cinco días.
Asimismo, el fallo destaca que los actos de vigilancia fueron ejecutados por personal de seguridad de una empresa contratista, siguiendo instrucciones del administrador del contrato de Codelco, y tenían el objetivo de obtener información indebida sobre las actividades sindicales. Los actos fueron descubiertos por los propios afectados, quienes formalizaron su denuncia por la violación de sus derechos.
Dado lo anterior, el juez Juan Pablo Flores Menéndez concluyó que las acciones representaban una intervención ilegítima en el funcionamiento del sindicato, generando una atmósfera inseguridad y temor tanto para los dirigentes como para sus familias. Esta situación constituye una grave amenaza contra la libertad sindical, un derecho fundamental consagrado en la legislación laboral.
Por último, el tribunal acogió la demanda por daño moral presentada por el denunciante, condenando a Codelco al pago 20 millones pesos por acoso laboral y afectación sus derechos fundamentales; respaldando así protección los trabajadores dirigentes sindicales.
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